Siniestros viales en Colombia: qué hacer (y qué evitar) para no agravar tu situación

Siniestros viales en Colombia: qué hacer (y qué evitar) para no agravar tu situación

Resumen: En un siniestro vial las decisiones de los primeros 10 minutos definen si resuelves por la vía segura o si agravas tu situación. Esta guía te muestra qué hacer en solo daños y qué cambia cuando hay lesionados o fallecidos: evidencia mínima, rol de la autoridad, IPAT, aseguradoras y errores críticos a evitar.

Antes de todo: “siniestro” no es lo mismo que “accidente”

Un “accidente” suena fortuito; un siniestro vial casi siempre tiene causas identificables (conducta, vía o vehículo). Asúmelo como un evento con responsabilidades y efectos legales.

Si es solo daños: protocolo en 5 pasos

  1. Seguridad primero: señaliza, enciende estacionarias y evita otro choque.
  2. Evidencia mínima (fotos/video):
    • Placas, posición de los vehículos, huellas de frenado, puntos de impacto.
    • Daños visibles de cada vehículo (frontal, posterior, laterales).
    • Señalización, semáforos, marcas viales y entorno (en 360°).
  3. Intercambio de datos: licencias, SOAT, pólizas, teléfonos, lugar y hora exacta.
  4. Retira los vehículos para no afectar la vía.
  5. Activa seguros y conciliación: reporta al asegurador y acude a un centro de conciliación si hay desacuerdos.

Qué NO hacer

  • Bloquear la vía “hasta que llegue tránsito”.
  • Discutir o aceptar culpas en caliente.
  • Omitir fotos a las placas y al entorno (después “desaparecen” rastros).

Si hay lesionados o fallecidos: cambia todo

  1. Llama al 123 y a la aseguradora.
  2. No muevas vehículos ni objetos (salvo riesgo mayor o para auxilio).
  3. Preserva la escena: controla curiosos, registra testigos, anota hora y condiciones.
  4. Autoridad elabora el IPAT:
    • Levanta rastros (huellas, deformaciones, trayectoria).
    • Verifica condiciones del conductor (pruebas de alcohol/drogas).
    • Puede inmovilizar el vehículo para peritaje mecánico.
  5. Colabora y declara con precisión; evita especulaciones.

Consecuencias típicas

  • Lesiones personales culposas u homicidio culposo.
  • Agravantes: embriaguez, fuga, exceso de velocidad, manipular el celular.
  • Negarte a pruebas puede empeorar sanciones y responsabilidades.

Tus derechos y obligaciones clave

  • Derecho a atención médica, a comunicarte con aseguradora/abogado y a copia del IPAT (cuando aplique).
  • Obligación de identificarte, permanecer en el lugar y someterte a pruebas de alcoholemia/drogas.
  • Deber de no obstruir la vía (solo daños) y preservar evidencia (lesiones/fallecidos).
  • Seguro: reporta de inmediato; documenta gastos, incapacidades y daños para reclamación.

“Paquete de evidencias” que resuelve el 80% de los casos

  • Fotos: placas, daños cercanos y planos generales, señalización, huellas y líquidos en el piso.
  • Video corto de la escena narrando hora, punto de referencia y dirección de circulación.
  • Datos del otro conductor, pólizas y dos teléfonos de contacto.
  • Nombres y teléfonos de testigos (si los hay).

Errores que más te cuestan (y cómo evitarlos)

  • Discutir en la vía → respira, documenta, concilia con aseguradora.
  • No reportar a tiempo → avisa al seguro al momento, no “mañana”.
  • Mover evidencias cuando hay víctimas → preserva la escena.
  • Conducir tras beber o drogarte → agrava sanciones administrativas y penales.
  • No verificar SOAT/póliza vigentes → te quedas sin cobertura y sumas problemas.

Preguntas frecuentes

¿En un choque de solo daños debo llamar a la autoridad? Puedes llamar para apoyo a la movilidad, pero la regla es documentar el hecho, retirar los vehículos y conciliar con el seguro.

¿Cuándo se elabora el Informe Policial de Accidente (IPAT)? Cuando hay lesionados o fallecidos; la autoridad preserva escena, levanta rastros y formaliza el reporte.

¿Me pueden inmovilizar el vehículo? Sí, para peritajes mecánicos o de reconstrucción del siniestro cuando hay víctimas.

¿Qué pasa si me niego a la prueba de alcohol o drogas? Puede acarrear sanciones graves y empeorar tu situación administrativa y penal.

¿Puedo mover los vehículos? En solo daños, documenta y retíralos. Con lesionados/fallecidos, no muevas nada salvo riesgo mayor.


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